En México el Impuesto al Valor Agregado es aplicado a la mayoría de los bienes y servicios que se adquieren, sin embargo existen dos tasas aplicables para el cálculo del IVA: la general que es del 16% y la 0% que solo para ciertos productos, además de algunas excepciones que se exentan.
¿Cuáles son las operaciones con IVA exento?
En el artículo 1 de la Ley del Valor Agregado es donde se mencionan las actividades a las que se le debe aplicar IVA y también se mencionan las excepciones. En México están exentas de IVA los siguientes productos o servicios:
Venta de casa- habitación.
El suelo destinado a casa- habitación.
Transporte público o terrestre de personas.
Transporte marítimo internacional de bienes.
Seguros contra riesgos agropecuarios.
Seguros de garantía financiera.
Seguros de vida.
Servicios de enseñanza.
Arrendamiento de inmuebles destinados o utilizados para casa- habitación.
Libros.
Periódicos.
Revistas,
Sorteos
Bienes muebles usados.
Moneda nacional y extranjera.
Metales.
Por prestación de servicios como comisiones y contraprestaciones.
Comisiones que cobran las AFORE
Servicios prestados de forma gratuita.
Intereses que pagan o reciban las instituciones de crédito y las sociedades financieras de objeto limitado.
Intereses que provengan de cajas de ahorro.
Intereses que provengan de créditos hipotecarios o garantía fiduciaria.
Servicios de espectáculos públicos por boleto de entrada, excepto los de teatro y circo.
Servicios profesionales de medicina cuando su prestación requiera de título médico.
¿Cuáles son las operaciones que llevan IVA 0%?
De acuerdo a la Ley del Valor Agregado, para el IVA 0% se tiene contemplado la enajenación de:
Animales y vegetales.
Medicinas de patente y productos destinados a la alimentación. Alimentos procesados para mascotas.
Tractores para accionar implementos agrícolas.
Fertilizantes, plaguicidas, herbicidas y fungicidas.
Invernaderos hiropónicos y equipos integrados para producir temperatura y humedad controladas.
Oro, joyería, orfebrería, piezas artísticas u ornamentales y lingotes.
Libros, periódicos y revistas.
La tasa del IVA del 0% se aplica en:
Directamente a los agricultores y ganaderos.
De molienda o trituración de maíz o trigo.
De pasteurización de leche.
En invernaderos hidropónicos.
Despepite de algodón en rama.
Sacrificio de ganado y aves de corral.
Reaseguro.
Suministro de agua para uso doméstico.
Esperamos que con esta información tengas más claridad sobre qué opción aplica para tu producto o servicio.
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