De acuerdo con la regla 3.5.13 de la Miscelánea Fiscal 2021, el monto máximo de efectivo que puedes depositar o recibir en tu cuenta bancaria es de 15 mil pesos. De lo contrario, el banco deberá reportarlo ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). La Ley de Impuesto sobre la Renta (ISR) especifica que esto aplica únicamente para el dinero en efectivo, en moneda nacional o extranjera, así como el efectivo obtenido de cheques que luego son depositados en cuentas pertenecientes a personas físicas o morales.
Aunque los encargados de gravar el impuesto sobre el depósito en efectivo son los bancos, en caso de inconsistencias o montos superiores al indicado, el SAT puede auditarte para aclarar la procedencia de esos recursos.
Por otra parte, es importante considerar que, si el contribuyente esta recibiendo efectivos por la realización de sus actividades económicas ya sean empresariales o profesionales estos deben ser facturados y declarados al SAT, omitir o no declarar estos depósitos en las declaraciones pueden ser sancionados de acuerdo al artículo 109 del código fiscal de la federación.
La declaración para las personas físicas correspondiente al ejercicio 2022 deberá realizarse durante todo el mes de abril del 2023, es en la declaración anual donde se aplican los pagos provisionales de impuestos realizados durante todo al año y de igual forma se consideran las deducciones, algunas de ella son por atención médica, inversiones y todo lo relacionado con temas escolares, que se tienen derecho a deducir.
Lista de los regímenes que deben realizar la declaración anual
-Sueldos, salarios y asimilados
-Actividad empresarial y Servicios profesionales (Honorarios)
-Actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras
-Arrendamiento
-Enajenación de bienes
-Enajenación de acciones en bolsa de valores
-Adquisición de bienes
-Intereses
-Premios
-Dividendos
-Demás ingresos
-ISR REFIPRES
-RIF con Coeficiente de Utilidad
Fuente: https://www.msn.com/es-mx/dinero/noticias/l%C3%ADmite-de-dinero-en-efectivo-que-puedes-depositar-sin-declarar-al-sat/ar-AA17rzn0?ocid=hpmsn&cvid=9348c7b0f46e4d33a6ee5f6f8c9f53b3
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